Se llevó a cabo la conferencia sobre
Federalismo y Desarrollo. El principio de subsidiariedad. La descentralización de funciones en Argentina. Financiamiento Público Local y Desarrollo, a cargo de Juan Francisco Dogliani, Especialista en Tributación Municipal y docente de Posgrado. Fue en la Facultad de Ciencias Económicas, en Paraná.
UNERNOTICIAS dialogó con Dogliani sobre una temática regional tan relevante.
-¿Qué encuadre se estableció en la disertación realizada?En la conferencia procuré exponer la relación directa y estrecha que existe entre el Desarrollo Regional -en especial en un país tan vasto como Argentina, con 3 millones de km2 y 2.300 municipios- y el financiamiento público local. La calidad y cantidad de servicios y controles que recibe la población, los cuales dependen directamente de las posibilidades de conferírselos el municipio o comuna donde residen. En este sentido, el Estado Municipal es el único presente en la generalidad de los puntos de un territorio tan vasto y, tal relación, es advertida por el Régimen Federal, el cual se realiza a partir del municipalismo.
-¿Cómo funciona la reasignación de una suma de pesos dada o cuanto vuelve de lo que se aporta?La cuestión sería en qué medida o cuánto vuelve de lo que aporta en concepto de uno de los tributos nacionales paradigmáticamente coparticipable (IVA o Ganancias), un habitante de una comuna promedio de una provincia, ejemplo Santa Fe. La respuesta es que casi nada (aprox. 1/100.000 de cada peso aportado). Por otro lado la contracara de lo anterior, es cuánto del gasto público total consolidado del país ejecutan los municipios argentinos (los 2.300 juntos, aproximadamente un 6%). Probablemente Entre Ríos sea, a partir del 2010, una las provincias que mejor coparticipan; le llega a su territorio de Coparticipación Federal un 5.07% y asigna a sus municipios y juntas aproximadamente un 18%.
-¿En tal sentido, que observan desde los Municipios?La cuestión es lo que baja del Gobierno Nacional a los gobiernos locales, resulta escaso e insuficiente. Se aprecia que el esquema de financiamiento público municipal (integrado por tasas propias de un sistema colonial, más sumas coparticipadas desde los órdenes superiores) no resulta sustentable para hacer frente a los crecientes costos inherentes a la administración de un conglomerado urbano y mucho menos a las nuevas exigencias. En cierta forma, los municipios argentinos heredan y son víctimas de la situación desencadenada a partir del proceso que tuvo como factores preponderantes a la Ley de Emergencia Económica y de Reforma del Estado, proceso en el cual el Gobierno Nacional desertó de sus incumbencias en materia de asistencia social, educación y salud, dejando librado a las provincias hacerse cargo (cada una en la medida que pudo o no pudo) de tales funciones. En tal descalabro presupuestario, las funciones fueron en parte exigidas en la crisis del 2002 por la población a los municipios.
Para tener en cuenta: el Federalismo es Fiscal o no es Federalismo, como bien decía Victor Uckmar, por lo cual para apreciar si un país es o no federal, habrá que ver cómo funciona en la realidad su régimen de distribución-coparticipación- de recursos públicos.
-¿Cómo define a la descentralización de funciones?La descentralización de funciones es una estrategia insoslayable del Federalismo Fiscal (salvo algunas funciones muy específicas, como defensa, emisión de moneda, relaciones exteriores, economía a escala). Respecto del resto de las funciones, no hay causa económica, ni administrativa, ni financiera o política como para no descentralizarla. En ello radica, justamente, el principio de subsidiariedad: que sobre determinada necesidad o requerimiento social, se haga cargo el orden de gobierno más próximo a la comunidad donde reside tal problema o necesidad. Fácil es advertir que no puede, de manera eficiente y democrática al menos, administrarse a control remoto desde Capital Federal un país de 3.000.000 de km2 y 2.300 municipios. Nadie postula no cumplir con mandato de solidaridad y aporte al desarrollo de las comunidades menos favorecidas. Lo que no puede ser, es que no vuelva nada de lo que una comunidad aporta en concepto de tributos nacionales. O que vuelva sólo mediante transferencias directas discrecionales que atentan contra la institucionalidad.
-Justamente, el interrogante que planteaba en la disertación fue ¿puede hacerse algo peor que no descentralizar funciones en un país tan vasto como Argentina?Correcto. Y la respuesta es sí:
descentralizarlas sin asignación de recursos que es lo que pasó en Argentina. El sistema de distribución de fondos públicos debe dejar de servir a la hegemonía política del gobierno nacional de turno. Resulta sumamente deseable que haya una descentralización de funciones, pero con asignación de recursos. Insisto con que el sistema de financiamiento público de los municipios argentinos hereda esta situación: una estructura de recursos propios de la colonia, más una insuficiente participación en la Coparticipación Federal. En tal sentido, la gran dificultad del financiamiento municipal es tanto o más que un problema tributario (de recaudación de sus tasas), es un problema fiscal (de distribución de recursos). Y los problemas fiscales son problemas políticos.
-El Modelo de Municipio Colonial al que hace referencia, ¿cómo se financiaría?Es una gran distorsión fundada en tasas retributivas, con un costo creciente de los servicios tradicionales a cargo de las municipalidades y con migajas de coparticipación.
Algunas definiciones sobre el tema: La descentralización fiscal puede ser definida como la transferencia de recursos, así como de la capacidad de decisión sobre su uso, del Gobierno Nacional hacia los niveles o ámbitos subnacionales de gobierno (Roy Bahl y Johannes Linn, 1992) De acuerdo con Bahl y Linn, la estructura actual de los gobiernos locales en los países en desarrollo, refleja la voluntad de los gobiernos centrales para apoyar la descentralización. Acorde con la definición más aceptada de descentralización, como devolución de facultades, recursos y capacidad de decisión a los gobiernos subnacionales, la autonomía fiscal debe implicar mayor control para determinar el nivel general de ingreso y gasto local sin la constante intervención de otros órdenes de gobierno.-También se refirió al Asociativismo Municipal, como una manera de dar respuesta a las necesidades sociales…Precisamente, en el contexto de esta crisis del federalismo, expuse sobre una temática respecto de la cual vengo insistiendo desde la doctrina: el Asociativismo Municipal como estrategia de abordaje de los problemas o dificultades comunes, compartidas por los municipios o juntas municipales que integran un territorio dado. Insólitamente, en un país con tanta heterogeneidad entre municipios, con tanto inframunicipalismo, el asociativismo, esto es, juntarse para potenciar sus conflictos comunes, no ha sido explotado. Prácticamente, no hay incumbencia municipal que no pueda verse potenciada exponencialmente por el asociativismo. Pensemos en el abordaje de la higiene urbana, la logística del transporte urbano, la planificación urbana, el uso del suelo... y obviamente lo tributario y aún lo fiscal. Suelo referir a anécdotas en torno del fenómenos asociativo intermunicipal en el mundo, donde se aprecia como una constante (España, por ejemplo) que cuando la asociación de fines viene dada de manera espontánea, aquella es sustentable y exitosa. No así cuando es impuesta desde un gobierno autónomo o gobierno superior. Más aún, en el caso de asociativismos espontáneos, el hecho de ser de distintos colores políticos, suele ser una fortaleza, en lugar de constituir una debilidad. En relación a esto, fueron abordados en la charla algunas alternativas respecto de cómo potenciar y sustentar los resultados, estrategias y optimización de asociaciones de gobiernos locales. Además se destacó que el desarrollo de un país con un territorio como el nuestro, no es posible sin realizar el mandato histórico federal del constituyente, mandato que costó tanto o más que la propia independencia.
Contacto: Doctor Juan Francisco Dogliani
jfdogliani@yahoo.com.ar