Se desarrolló la conferencia sobre
Estado, derecho y vejez, organizada por el Departamento de la Mediana y Tercera Edad de la Facultad de Ciencias de la Educación. El encuentro estuvo a cargo de profesionales pertenecientes al Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. UNERNOTICIAS, dialogó con una de sus expositoras,
Cintia Larregina, quien detalló la problemática sobre la discriminación de las personas mayores y la labor que llevan adelante desde la Fiscalía de la Ciudad y el Ministerio Público Fiscal.
-¿Que funciones realiza la Fiscalía de la Ciudad?La Fiscalía de la Ciudad y el Ministerio Público Fiscal son la misma institución. Tiene autonomía funcional y autarquía dentro del Poder Judicial y se encuentra encabezado por un Fiscal General quien ejerce sus funciones ante el Tribunal Superior de Justicia y por los demás funcionarios que de él dependen. En tal sentido, la Fiscalía de la Ciudad tiene, entre otras, la función de promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad. Por ejemplo, la violencia doméstica es una de las problemáticas que se trabajan desde la Fiscalía. Para ello poseen fiscales especializados en la materia para contener y orientar a las personas durante el proceso. Además, cuenta con profesionales que integran un equipo interdisciplinario dedicado exclusivamente a la asistencia a las víctimas.
-El Estado debe garantizar los derechos de las personas mayores, aunque parece aún estamos lejos de lograrlo.Ciertamente. No obstante, queremos resaltar que la comunidad internacional ha reaccionado al fenómeno del envejecimiento a través de asambleas mundiales como Austria 1982, Madrid 2002 y Brasilia 2007. Es dable destacar la Convención Interamericana sobre derechos de las Personas Mayores que se realizó en el 2015, en la 45° Sesión de la Asamblea de la Organización de Estados Americanos (OEA), coincidiendo con el día mundial de concientización sobre la violencia hacia las personas mayores. Después de 5 años de trabajo, los Estados de América Latina cuentan con un nuevo marco de derechos para las personas adultas mayores. Esta nueva convención es el primer instrumento jurídico específico, en materia de derechos humanos de personas adultas mayores para promover, proteger y asegurar el reconocimiento y el pleno goce y ejercicio, en condiciones de igualdad, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas adultas mayores que viven en la región, a fin de contribuir a su plena inclusión, integración y participación en la sociedad. Los primeros países en firmar el documento fueron Argentina, Brasil, Chile, Costa Rica, Uruguay y República Dominicana.
-En este caso hablamos de discriminación hacia las personas mayores, pero es un flagelo que atraviesa a toda la sociedad…La discriminación está presente y se manifiesta en diversas actitudes y discursos. Las Naciones Unidas definen una acción discriminatoria como cualquier comportamiento que implique alguna forma de aislamiento o rechazo. Envejecer es un proceso dinámico, natural, continuo e inevitable que se realiza durante toda la vida, en el que se dan cambios a nivel biológico, corporal, fisiológico y social, que transcurre en el tiempo y está delimitado por éste. Cuando se otorga un signo negativo a estas transformaciones psicosociales y corporales, se relega a las personas de tercera edad a una relación de subordinación y pasividad, descalificándolas como sujetos de acción, negando su capacidad de autonomía y participación social.
-En la conferencia hacían alusión a la heterofobia, ¿cómo lo contextualizamos en esta problemática?La heterofobia, es el miedo a lo diferente y distinto. Atraviesa a todas las personas y conlleva a discriminar inmediatamente, sin reflexión ni análisis, porque el “otro” siempre que es distinto es peligroso o inferior. El efecto típico de la discriminación es la invisibilización, donde se intenta no ver, no prestar atención o no considerarlo un problema. Las personas ancianas en las sociedades occidentales, son vistas por el Estado y por los propios ciudadanos, como una molestia o carga. A pesar de que las personas viven más en la sociedad occidental, no existe una cultura de la vejez, porque está asociada a la decadencia, a algo que puede ser desechado en cualquier momento. Esta idea negativa de la vejez se sintetiza en el concepto de viejismo, etaísmo. Y aquí surge el desafío de visibilizar y desarticular a esta población tan estereotipada.
Nota: en el año 2002 la Organización Mundial de la Salud declara que “el maltrato a las personas mayores es una violación a los derechos humanos y una causa importante de lesiones, enfermedades, pérdida de productividad, aislamiento y desesperación”. La primera referencia al abuso del adulto mayor que se da en la literatura médica fue del Dr.Burston en 1975, acuñando el término “Granny Battering o abuelita golpeada”. El buscaba que sus colegas tomaran conciencia que este maltrato era tan frecuente como el maltrato infantil. El primer estudio para evaluar prevalencia de maltrato en adultos mayores por sus cuidadores en el Reino Unido, fue el de Home y Guilleard enb 1990 y se encontró que un 45% de los cuidadores admitieron haber cometido alguna forma de maltrato. La problemática de la violencia hacia los adultos mayores ha adquirido mayor preocupación en los últimos años, lo cual tiene directa relación con el progresivo envejecimiento de la población. Estos cambios demográficos asociados con la mayor esperanza de vida y sus implicancias sociales y familiares han llevado a la necesidad de interesarse en las diferentes problemáticas que afectan a este grupo etáreo.
-¿Se puede considerar a los adultos mayores, como uno de los sectores más vulnerables al abuso?Configuran un sector vulnerable al abuso de poder intrafamiliar en dos variables que serían de género –violencia hacia la mujer- y de generación –violencia hacia niños y ancianos-. Ambos son sectores que están delimitados por cuestiones histórico-culturales, por lo tanto, susceptibles de ser modificadas mediante procesos de cambio en los sistemas culturales de creencias ante la amplia naturalización de las conductas abusivas que existen en lo cotidiano.
Para reflexionar: en 1991 se desarrolló una definición abarcativa: “el maltrato del anciano es una conducta destructiva que está dirigida a una persona mayor, ocurre en el contexto de una relación que denota confianza y reviste suficiente intensidad y frecuencia para producir efectos nocivos de carácter físico, psicológico, social o financiero de innecesario sufrimiento, lesión, dolor, pérdida o violación de los derechos humanos y disminución en la calidad de vida de la persona mayor”.
-En el ámbito familiar, ¿quién en su mayoría es el perpetrador de la violencia?En la mayoría de los casos es el varón adulto quien provoca un maltrato por comisión, con conductas activas de abuso de poder; o por omisión, que implica el abandono o descuido de las necesidades básicas del adulto mayor.
Julieta Oddone: “La vejez depende de la historia biológica y biográfica de cada persona, del impacto que la historia social pueda tener sobre la historia individual y del contexto ecológico donde desarrolla su existencia”.
-Existen “mitos” acerca de la vejez, que se encuentran totalmente arraigados en nuestra cultura y será un desafío erradicarlos algún día…Innumerables por cierto. Mencionar la vejez como una enfermedad, los adultos mayores se vuelven niños, la vejez significa pérdida, la vejez significa dependencia, les gusta estar solos, no pueden decidir por sí mismos, no saben administrar sus bienes, son proclives a tener determinados accidentes, entonces se les prohíbe hacer determinadas actividades. Estos mitos acerca de la vejez son ideas netamente culturales, implican desconocer la noción del proceso de envejecimiento, rotulan y cosifican a los individuos.
-Finalmente, mencionabas un maltrato social y estructural…Sí. El maltrato social es toda acción prejuiciosa o discriminatoria hacia los adultos mayores proveniente de personas o instituciones. También esa discriminación puede presentarse a través de los medios de comunicación, con publicidades que lo ridiculizan y lo hacen objeto de burla. Respecto al maltrato estructural, es la ausencia de políticas de Estado para atender las necesidades básicas del adulto mayor en cuanto a salud, alimentación, vivienda, y recursos económicos.
Interrogante: ¿llegará el día en que los Adultos Mayores encuentren sus Derechos atendidos, mediante los principios que detalla la Convención Interamericana y que aún los países adherentes no han instrumentado?
PRINCIPIOS GENERALES Son principios generales aplicables a la Convención:
- La promoción y defensa de los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona mayor
- La valorización de la persona mayor, su papel en la sociedad y contribución al desarrollo
- La dignidad, independencia, protagonismo y autonomía de la persona mayor
- La igualdad y no discriminación
- La participación, integración e inclusión plena y efectiva en la sociedad
- El bienestar y cuidado
- La seguridad física, económica y social
- La autorrealización
- La equidad e igualdad de género y enfoque de curso de vida
- La solidaridad y fortalecimiento de la protección familiar y comunitaria
- El buen trato y la atención preferencial
- El enfoque diferencial para el goce efectivo de los derechos de la persona mayor
- El respeto y valorización de la diversidad cultural
- La protección judicial efectiva
- La responsabilidad del Estado y participación de la familia y de la comunidad en la integración activa, plena y productiva de la persona mayor dentro de la sociedad, así como en su cuidado y atención, de acuerdo con su legislación interna
Contacto: Dra. Cintia Larregina
clarregina@fiscalias.gob.ar