Se desarrollaron las II Jornadas Adopciones e Identidades en la Facultad de Trabajo Social, las cuales fueron organizadas, de manera conjunta, por el Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia -Copnaf- y el Proyecto de Investigación de la Facultad
No lo quiero tener más, lo vengo a devolver. Gladis Martínez, directora del Proyecto, detalló de manera pormenorizada los contenidos esenciales de la investigación.
-¿Qué metas centrales abordaron en el citado estudio?La investigación se propuso indagar sobre las características de los circuitos burocráticos-administrativos en el proceso de las adopciones tramitadas a través del Consejo Provincial del Menor en el período 1973 a 1983. Para tal fin, se relevaron y analizaron los legajos seleccionados de adopciones efectivizadas durante el período a estudiar. Se planteó un doble objetivo, generar conocimiento sobre un tema y período en vacancia y contribuir desde la Universidad Pública y Estatal al esclarecimiento de identidades, incluídas las que constituyen delitos de lesa humanidad por sustitución de identidades en el período del Terrorismo de Estado (1976-1983).
-Un título que da para muchas interpretaciones “No lo quiero tener más, lo vengo a devolver…”Tal cual… A fines de 1980, cuando conjuntamente con un importante número de colegas, comenzamos a trabajar en el Consejo Provincial del Menor, actualmente Copnaf, escuché por primera vez la frase: “No lo quiero tener más, lo vengo a devolver”. Se trataba de madres de niños adoptivos que recién llegados a la pubertad e interpelados subjetivamente por preguntas que hacen a la identidad y a las identificaciones en esa etapa de la vida, producían la ruptura del idilio con la niñez. En aquellos años, la participación de los papás era mínima, sólo asistían las madres; la concurrencia más frecuente de los papás a las instituciones es un hecho más reciente. Estas madres cargaban con un gran monto de angustia y desesperación, manifestando que en el niño o niña aparecían rasgos de carácter o conducta que seguramente provenían de los padres biológicos. Entonces, comenzaba una etapa en la relación padres-hijo en la cual parecían rechazarse unos a otros, con sufrimiento para ambos.
-La decisión “no lo quiero tener más” ¿se encuadraba solamente en ‘esa etapa de la historia argentina’?En este aspecto, es necesario consignar algunas cuestiones. Esto sucedía, y sucede también, con los padres biológicos que llevan a un hijo o hija púber o pre adolescente a la institución manifestando “que no pueden con ellos”, “que no lo quieren tener más”. La mayoría de las veces es por las mismas causas que los padres adoptivos, rasgos de carácter o conducta que provienen de algún lugar que ha quedado rechazado, fuera de la cadena filiatoria amorosa.
Los padres adoptivos ignoran que esto también les ocurre a los biológicos, que comparten el mismo o similar problema que los padres que lo son por biología. No saben que este rechazo a ciertos rasgos es propio del momento de separación que comienzan a vivir y que es sancionatorio de su lugar paternal; es decir, que es porque están “siendo padres” que esto les sucede. Por otro lado, esta frase “no lo quiero tener más” es definitoria en el propio proceso que dio origen a la adopción, es porque alguien, supuestamente, manifestó esta voluntad de declinar en su maternidad y paternidad biológica, que se pudo producir el proceso de adopción, dando origen a una nueva filiación, no sostenida en la biología. Ahora bien, nos interesa recalcar que el desenlace de las frases: “no puedo con este hijo”, “no lo quiero tener más, “lo vengo a devolver”, está en directa relación e interacción con sus interlocutores. Es decir, con las instituciones y los profesionales que escuchan esa demanda.
Del interjuego entre la demanda que presentan padres e hijos y los ideales de los profesionales y de las instituciones con sus leyes y reglamentos podrá haber una cierta variedad de desenlaces, porque en el interjuego de las acciones humanas las cosas pueden variar y ser de distinta manera. Dicho esto, cuando a finales de los años ochenta, en el Consejo Provincial del Menor sonaba esta frase, el contexto de interpretación la hizo escuchar de una manera distinta a la que podemos escucharla hoy. Se trataba de niños y niñas que habían nacido durante la última Dictadura. Entonces esa frase quedó allí, suspendida en la memoria, como un interrogante que en aquel momento evocaba lo siniestro, que si bien toda institución contiene, la facticidad de la apropiación durante la Dictadura le otorgaba a eso siniestro una entidad y una densidad completamente distinta.
-¿Qué se puede decir hacer de la intervención del Trabajo Social en los procesos de adopciones?Tomando como referencia los objetivos de este Proyecto de Investigación, resulta interesante enfocar el rol del Trabajo Social en los procesos de adopciones tramitados a través del Consejo Provincial del Menor en el período 1973-1983 en Entre Ríos. Sabido es que históricamente uno de los ejes vertebradores de la intervención profesional lo constituye el campo de las políticas sociales; en este punto reconocemos que la política social que nos ocupa – de Niñez y Familia- ha sido en el período estudiado, un espacio de actuación profesional casi exclusivo para Trabajo Social. En efecto, registramos que esta profesión, Asistente Social en sus diferentes acepciones, se insertó como trabajador asalariado al interior de los circuitos burocráticos-administrativos. Hablamos de mayor frecuencia y en mayor número en relación a otras profesiones como la Psicología o la Psicopedagogía. Este hecho nos llevó a preguntarnos: ¿Qué cuestiones de la intervención profesional eran funcionales a las directivas estatales de la época que estudiamos?, ¿Qué paradigmas signaban las intervenciones profesionales?, ¿Qué tensiones se presentaban en el vasto campo que delinea el circuito de las adopciones? Para luego pensar: ¿Qué definición de la infancia y de la cuestión social se consideraba al momento de intervenir?
-Al Trabajador Social, también se lo incluía dentro del circuito burocrático- administrativo…Podemos decir que las profesionales de Trabajo Social que participaron de los circuitos administrativos/burocrático, han desarrollado un rol que era el propio del Patronato. Era central realizar un Informe detallado de la situación social del niño, niña o adolescente, además de un Informe socio-económico de los aspirantes a producir la adopción. Asimismo, el instrumental a completar, una vez realizada la entrega de niños, era un Informe socio-ambiental. Existe, a nuestro entender, una identificación de la intervención de Trabajo Social solo con producir visitas domiciliarias o encuestas para ver si tiene tal o cual recurso, para verificar si la casa está ordenada y limpia, o si se ve más o menos feliz al niño. En realidad, estas identificaciones tienen un carácter histórico y en la mayoría de las veces son los escritos judiciales o los órganos decisorios quienes lo requieren, generando un proceso de producción y reproducción de los mismos.
Básicamente la mayoría de los legajos a los que tuvimos acceso, tenían estos Informes -que le eran solicitados por superiores del circuito administrativos/burocrático- se asignaba el rol de informar y este era el asumido desde la práctica profesional.
ContextoEn el inicio del encuentro, la vicepresidente del Copnaf, María del Huerto Reutlinger destacó: “si bien el organismo no determina adopciones, es un tema que nos atraviesa, por eso es importante la reunión de profesionales para reflexionar acerca de nuestras intervenciones, pensar el sentido ético que requiere desde una perspectiva de derechos, para desterrar prácticas que, durante mucho tiempo, soportó irregularidades en los años de la última dictadura”. Y agregó que en este sentido “la investigación que se presenta en este panel nos ayuda a reflexionar que una identidad no se puede construir en base a una mentira y esto es importante. Poderlo pensar a la luz de la construcción de la identidad de un niño, saber de su origen, saber de su historia. Es importante poder pensar sobre el posicionamiento que debemos tener desde el paradigma actual”.
La Adopción según el nuevo Código CivilEn las adopciones, el nuevo Código Civil hace hincapié en la transparencia y celeridad de los procesos, poniendo el eje en respetar el derecho de los niños a tener una familia, a la identidad y a conocer sus orígenes. En ese sentido, va contra los efectos de la adopción plena, en la que el niño pierde los vínculos con su familia de origen y busca fortalecer la adopción simple para preservar los vínculos. La falta de recursos materiales, es decir, la pobreza, no es motivo causal para la adopción como sostenía la vieja concepción tutelar. También garantiza el derecho del niño a expresar su opinión y que sea tenida en cuenta. Y se exige su consentimiento para ser adoptado a partir de los 10 años. Además, prohíbe las entregas directas y las guardas de hecho, obligando a los aspirantes a estar inscriptos en los registros para garantizar la transparencia.
Registro único de aspirantes a guarda con fines de adopción -RUAER-Es un organismo que garantiza el tratamiento homogéneo e igualitario, en todo el territorio provincial, de las gestiones requeridas para quienes pretenden adoptar niños/as y adolescentes, siempre que reúnan los requisitos dispuestos por la ley Nacional de adopción Nº 24.779 y la Ley Nº 9.985 de la Provincia de Entre Ríos. Dentro de sus funciones están el de gestionar, registrar y actualizar la información sobre la lista única de aspirantes a guardas con fines adoptivos de todo el territorio provincial; efectuar, a través de un equipo interdisciplinario, la evaluación y un acompañamiento profesional a quienes pretenden adoptar; comunicar al Registro Único Nacional de Aspirantes a Guarda con fines adoptivos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación el resultado de las evaluaciones realizadas a los fines de conformar la Red Federal de Registros; asesorar y acompañar a las personas interesadas en adoptar; considerando que éste es un proceso comprometido y responsable, ofrecer espacios permanentes de consulta sobre el trámite de inscripción y talleres de reflexión destinados a la contención y elaboración de situaciones complejas durante la guarda. Dirección: Méjico 480, Paraná, teléfonos 0343 – 4209393/394 ruaer@jusentrerios.gov.a
Contacto: Gladis Martinez
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